27 de Enero de 2015
Circular Nº 8/15
INFORMACIÓN ECONÓMICA
- El Notariado ha lanzado una página web para informar a los ciudadanos sobre cláusulas abusivas, en la que los ciudadanos podrán consultar, entre otras cuestiones, cuáles han sido declaradas como tales por ley o por sentencia judicial y la lista de resoluciones dictadas por los tribunales o la DGRN sobre esta materia. La página presta especial atención al tratamiento de la información sobre la legislación de consumo vigente, así como de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con las cláusulas abusivas.
- La vicepresidenta del Gobierno ha asegurado que se promoverá la «ley de segunda oportunidad» para empresas y familias, de manera que «no cueste años salir de un fracaso» si un negocio no ha funcionado o se tienen «muchísimas dificultades» para pagar. Ha anunciado una reforma legislativa para reducir el tiempo durante el que los bancos pueden reclamar una deuda a particulares y empresas, de forma que se reduzca de los quince años actuales a cuatro o cinco.
- El Consejo de Ministros ha recibido el informe sobre el Anteproyecto de ley de Voluntariado y el anteproyecto del ley del Tercer Sector de Acción Social. La norma concreta la participación de los menores en iniciativas de voluntariado, lo que se supedita a la autorización de los padres o tutores y a que no se perjudique su desarrollo y formación; además, los condenados por delitos contra menores, de violencia de género o doméstica no podrán intervenir en programas dirigidos a menores, mujeres, familias o jóvenes. Se fomentará la compatibilidad laboral con la implicación en proyectos de voluntariado, lo que podría suponer reducción de jornada o adaptación de la misma a esta compaginación. La Ley del Tercer Sector de Acción Social dará un marco jurídico y legal para la actuación de las ONG, a las que se reconoce un destacado papel como interlocutor de la Administración en la elaboración y seguimiento de políticas públicas enmarcadas en la lucha contra la pobreza y la exclusión.
- Los tribunales han dictado diversas sentencias en las que censuran la actitud de empleados que atienden con malos modos a la clientela, pero no siempre dan la razón a la empresa. Aunque hay muchos supuestos en los que los tribunales respaldan claramente la máxima sanción disciplinaria del despido –sobre todo cuando los comportamientos irregulares son reiterados y están probados–, no siempre es fácil rescindir el contrato por estas causas. Una sentencia del TSJ de Asturias ha declarado que la desatención y falta de respeto de un médico a su paciente y su familia no es merecedora de despido. el TSJ de Aragón sí avala, en cambio, el despido disciplinario de una peluquera que había generado el malestar de diversos clientes. La Justicia también dio la razón a un establecimiento de alimentación que despidió a una dependienta por insultar gravemente a una mujer.