febrero 16, 2022 Iustime

El alto tribunal da el visto bueno a que una empresa se ahorre dinero y se limite a pagar el sueldo base, sin tener que sumarle los complementos

El alto tribunal avala que las empresas absorban complementos salariales de antigüedad para amortiguar en sus balances la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). Es decir, si actualmente un trabajador cobra 975 euros (965 euros del SMI y 10 euros más por trienios) es lícito que la compañía, ante el inminente incremento del salario mínimo a 1.000 euros, le suba el sueldo ‘solo’ a 1.000 euros y no a 1.010 euros (que saldrían de sumar SMI más los trienios). Así lo ha dictado el alto tribunal en una sentencia fechada del 26 de enero de este año en la que los magistrados de la sala de lo social optan por la interpretación más restrictiva para el trabajador y más beneficiosa para el empresario, que puede ahorrarse parte de los costes salariales de aquellos empleados peor remunerados siempre que no se lo limite el convenio colectivo de aplicación .

Los magistrados de la Sala de lo Social se apoyan en la interpretación de que el salario mínimo juega un papel de «garantía salarial mínima» para los trabajadores por cuenta ajena, según define el Supremo, y que las empresas no tienen la obligación de superar dicha linde si no lo han pre acordado antes vía negociación colectiva.

 «La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel. […] Solo cabe bloquear la compensación y absorción por heterogeneidad de los conceptos salariales, cuando se haya convenido así en el convenio, colectivo», cita el Supremo en su sentencia.

Para más información: https://amp.elperiodico.com/es/economia/20220215/supremo-avala-empresas-absorban-pluses-13240198

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