Un juzgado de Santander reconoce el derecho a la prestación de un autónomo cuyo negocio era inviable, a pesar de no tener pérdidas del 10%.
Sentencia pionera: abre la puerta a una nueva interpretación de los requisitos para acceder a la prestación, considerando la viabilidad económica del negocio.
Los hechos:
- Un autónomo con un punto de venta de productos de telefonía cesó su actividad debido a ingresos insuficientes.
- Aunque no tuvo pérdidas del 10%, sus ingresos en 2022 fueron de solo 1.543 euros.
- También existieron problemas técnicos y un contexto empresarial adverso.
La decisión:
- El juez reconoce que la normativa no exige un 10% de pérdidas, sino «motivos económicos determinantes de la inviabilidad».
- Se considera que la baja rentabilidad, los problemas técnicos y el contexto empresarial justifican la prestación.
Un precedente importante:
- Abre la puerta a que otros autónomos en situaciones similares puedan acceder a la prestación.
- Es un paso hacia una mayor protección social para los trabajadores autónomos.
Análisis:
- Esta sentencia es un hito en la jurisprudencia española.
- Reconoce la realidad económica de muchos autónomos que no pueden llegar al 10% de pérdidas, pero que no pueden continuar con su negocio.
- Es un paso importante hacia una mayor justicia social para este colectivo.
La batalla legal no termina:
- La Mutua Montañesa puede apelar la sentencia.
- El caso podría llegar al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Independientemente del resultado final, esta sentencia ya ha marcado un precedente.
Es una victoria para los autónomos y un paso hacia una mejor protección de sus derechos.